La Junta de Castilla y León ha aprobado una modificación en la normativa para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19. Debido a ellas, el uso de la mascarilla en Burgos y en el resto de la comunidad se vuelve más estricto y se aplican nuevas medidas en mercadillos y venta ambulante.
Nuevas medidas para el uso de la mascarilla en Burgos
La Consejería de Sanidad ha introducido nuevas medidas en cuanto al uso de la mascarilla que afectan a Burgos y a toda Castilla y León. De esta manera, establece que las personas mayores de seis años deben llevar mascarilla en todo momento en la vía pública. Además, también será obligatorio en cualquier espacio cerrado, independientemente del tipo de actividad que se desarrolle en el mismo. Solo será la excepción el domicilio particular cuando se encuentren en él los convivientes habituales.
A efectos prácticos, estas nuevas medidas implican que es obligatorio llevar mascarilla en el gimnasio, en los parques y no se puede fumar por la calle. Las únicas excepciones en las que se permiten prescindir de ella son el consumo de bebidas y alimentos, en el instante de hacerlo, y durante la práctica de actividad física al aire libre. Además, también es sancionable que la mascarilla no cubra desde el tabique nasal a la barbilla.
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Establecimientos de hostelería y mercadillos
La Junta ha establecido también que el horario de cierre en los establecimientos de hostelería y restauración será a las 01:00 h, y no podrán admitir nuevos clientes desde las 00:00h. Esta limitación no será aplicada a los servicios de entrega a domicilio. Además, en los establecimientos que cuenten con espacio habilitado para recogida de pedidos desde los vehículos también podrán sobrepasar el horario fijado.
En el caso de la venta ambulante, se ha sustituido la limitación de puestos por una limitación de aforos. El fin de esta medida es garantizar la seguridad interpersonal entre clientes y puestos. Paralelamente, los Ayuntamientos podrán aumentar la superficie del mercado o habilitar nuevos días para el ejercicio de la actividad.
Por último, se han excluido también las limitaciones de aforo en los centros de enseñanza que se dediquen a la formación profesional para el empleo. La normativa en estos centros establece un máximo de 15 alumnos por aula y el uso de las mascarillas y la distancia de seguridad.