Fases de la desescalada en el sector ocio cultural.
El Consejo de Ministros ha aprobado el Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad.
Dicho plan establece los principales parámetros e instrumentos para la adaptación del conjunto de la sociedad a la nueva normalidad, con las máximas garantías de seguridad, tras la crisis provocada por el COVID-19. Aquí os detallamos las fases de la desescalada en el sector ocio cultural.
Duración de cada fase:
La duración mínima de cada una de las fases de desescalada se ha fijado en dos semanas.
En el mejor de los casos, la duración del proceso será de mes y medio y, como máximo, se plantean ocho semanas.
Así, a finales de junio estaríamos en la ‘nueva normalidad’, si la evolución de la epidemia está controlada en todos los territorios.
A partir de esa fecha terminarán las restricciones sociales y económicas, pero se mantendrá la vigilancia epidemiológica y, sobre todo, las medidas de higiene y protección personal hasta que haya una vacuna.
Cronología de las fases:
Fase 0:
- Del 26 de abril al 3 de mayo en islas de Formentera en Baleares y La Gomera, Hierro y La Graciosa en Canarias
- Del 26 de abril al 10 de mayo en el resto de territorios que cumplan con los requisitos.
Fase I:
- Primeros territorios (islas de Formentera en Baleares y La Gomera, Hierro y La Graciosa en Canarias), a partir del 4 de mayo
- El 11 de mayo lo harán aquellas provincias que cumplan los requisitos.
Fase II:
A medida que se vayan cumpliendo los requisitos, se entrará en la fase II. En el mejor de los casos, el inicio de la fase II será:
- Desde el 18 de mayo en islas de Formentera en Baleares y La Gomera, Hierro y La Graciosa en Canarias.
- Desde el 25 de mayo en el resto de territorios que cumplan los requisitos.
Fase III:
A medida que se vayan cumpliendo los requisitos, se entrará en la fase III. En el mejor de los casos, el inicio de la fase III será:
- Desde el 1 de junio en islas de Formentera en Baleares y La Gomera, Hierro y La Graciosa en Canarias.
- Desde el 8 de junio en el resto de territorios que cumplan los requisitos.
Fases de la desescalada en el sector ocio cultural:
Hostelería, restaurantes y cafeterías:
Fase 0:
- Apertura de restaurantes y cafeterías con entrega para llevar. Sin consumo en el local.
Fase I:
- Apertura de terrazas: se limitará al 30% de las mesas permitidas en años anteriores en base a la licencia municipal asegurando distancias.
- Podrían tener mayor número de mesas si el ayuntamiento permite más espacio disponible, respetando la proporción mesas/superficie del 30% y con un incremento proporcional de espacio peatonal en el mismo tramo de la vía pública.
Fase II:
- Para locales, consumo en el local con servicio en mesa con garantía de separación entre clientes en mesa y entre mesas, excepto discotecas y bares nocturnos. Limitación a 1/3 de aforo.
- Solo consumo sentados o para llevar.
Fase III:
- Para locales, se extenderá el aforo de un máximo de 1/2 de su capacidad que garantice separación de clientes.
- Se permite gente de pie con separación mínima de 1,5 metros entre los clientes de la barra.
- En terrazas: se limitará al 50% de las mesas permitidas en años anteriores en base a la licencia municipal. Podrían tener mesas si el ayuntamiento permite más espacio respetando la proporción mesas/superficie del 50%.
- Discotecas y bares nocturnos con aforo máximo de 1/3.
Hoteles y alojamientos turísticos:
Fase 0:
- No se permite actividad salvo excepciones ya reguladas.
Fase I:
- Apertura sin utilización de zonas comunes y con restricciones, por ejemplo, en restauración, entre otras actividades, desinfección y refuerzo de normas de salud e higiene.
Fase II:
- Apertura de zonas comunes limitadas a 1/3 de aforo excepto hostelería, restaurantes y cafeterías que se sujetarán a las restricciones previstas para este sector.
Fase III:
- Apertura de zonas comunes limitadas a 1/2 de aforo excepto hostelería, restaurantes y cafeterías que se sujetarán a las restricciones previstas para este sector.
Actividades culturales y de ocio:
Fase 0:
- Apertura de archivos.
Fase I:
- Bibliotecas (préstamo y lectura con limitación de aforo).
- Actos y espectáculos culturales de menos de 30 personas en lugares cerrados (con 1/3 de aforo).
- Actos y espectáculos culturales al aire libre de menos de 200 personas (siempre y cuando sea sentado y manteniendo la distancia necesaria).
- Museos (solo visitas, no actividades culturales) 1/3 aforo con control de aglomeraciones en salas.
- Turismo activo y de naturaleza para grupos limitados de personas.
- Producción audiovisual y rodaje de cine y series.
Fase II:
- Cines, teatros, auditorios y espacios similares (con butaca pre-asignada) con una limitación de aforo de 1/3.
- Monumentos y otros equipamientos culturales (solo visitas; no actividades culturales) 1/3 aforo.
- Salas de exposiciones, salas de conferencias y salas multiuso 1/3 aforo, con control de aglomeraciones.
- Actos y espectáculos culturales de menos de 50 personas en lugares cerrados (1/3 de aforo).
- Actos y espectáculos culturales y de ocio al aire libre de menos de 400 personas (siempre y cuando sea sentado y manteniendo la distancia necesaria).
- Turismo activo y de naturaleza para grupos más amplios de personas.
Fase III:
- Las actividades con 1/3 de aforo en fase II podrán pasar a 1/2 de aforo en esta fase.
- Salas de artes escénicas y musicales con una limitación de aforo de 1/3.
- Actos y espectáculos culturales de menos de 80 personas en lugares cerrados (1/3 de aforo).
- Plazas, recintos e instalaciones taurinas con una limitación de aforo que garantice una persona por cada 9 m2.
- Actos y espectáculos culturales, parques temáticos y de ocio al aire libre de menos de 800 personas (siempre y cuando sea sentado y manteniendo la distancia necesaria).
- Turismo activo y de naturaleza.
- Playas, en condiciones de seguridad y distanciamiento.
Deporte no profesional:
Fase 0:
- Actividad deportiva sin contacto (montar en bici, correr, patinar, surf, etc.) siempre que se haga de forma individual y con la protección adecuada (distancia, mascarilla en deportes no acuáticos, cuando sea posible, etc.).
Fase I:
- Instalaciones deportivas al aire libre sin público (solo para practicar deportes en los que no exista contacto: atletismo, tenis).
- Actividades deportivas individuales con previa cita en centros deportivos que no impliquen contacto físico ni uso de vestuarios.
Fase II:
- Espectáculos y actividades deportivas al aire libre con aforo limitado, en términos similares a las actividades culturales y de ocio de esta fase.
- Instalaciones deportivas en espacios cerrados sin público (solo para practicar deportes en los que no exista contacto o el riesgo de contagio sea bajo).
Fase III:
- Espectáculos y actividades deportivas al aire libre con aforo menos limitado, en términos similares a las actividades culturales y de ocio de esta Fase.
- Espectáculos y actividades deportivas en espacios cerrados (solo para practicar deportes en los que no exista contacto o el riesgo de contagio sea moderado; por ej. pista de patinaje). Público limitado a 1 persona por cada 20 m2.
- Partidos con un máximo de 1/3 aforo, garantizando siempre la separación de seguridad entre los espectadores y actividades deportivas al aire libre o con un máximo de 1/3 del aforo de gimnasios, sin uso de vestuarios.
Además de las fases de la desescalada en el sector ocio cultural, podrás ver la información completa de todos los ámbitos de actividad en el Plan de transición para una nueva normalidad y sus Anexo I y Anexo II.